El Vigía 02/02/2015
Lamentan que Puertos del Estado acote las opciones que da la ley sobre plazos concesionales.
Tras modificar la ley de Puertos para regular la ampliación de los plazos concesionales, Puertos del Estado ha emitido sus recomendaciones sobre cómo materializar el proceso y, con ellas, da el pistoletazo de salida a las terminales en la carrera para ampliar sus concesiones. Las empresas terminalistas ya trabajan de pleno en el diseño de una estrategia milimétrica, basada en dos ramas complementarias, una contable y otra jurídica, sobre las que, en caso de que sea una opción rentable, solicitar la ampliación.
La discrecionalidad que los puertos tienen en el proceso y las dudas de interpretación que genera la redacción legal y la guía de Puertos del Estado han acabado haciendo mella en las empresas terminalistas. No obstante, su interés en la ampliación de plazos sigue en pie. Cada terminal está afrontando el proceso a una velocidad, preparando la documentación requerida y el estudio de alternativas. Todo ello, manteniendo contacto directo con el puerto. El proceso requiere de una ingeniería contable y jurídica milimétrica y complementaria, ya que del resultado del mismo dependerá la viabilidad de la concesión en el presente y en el futuro.
El Estado exige dos tipos de compromisos a los terminalistas para solicitar la ampliación: la reducción de sus tarifas máximas o la inversión directa (en la concesión y/o en intermodalidad). Respecto a la opción de invertir, la redacción de las modificaciones introducidas en la ley de Puertos (a través de la disposición transitoria décima y del artículo 82) ofrece serias dudas tanto a abogados, puertos y concesionarias, sobre si, para solicitar la ampliación, las empresas podrían computar las inversiones no contempladas en el título concesional y ya ejecutadas. En esta opción tenían depositadas sus expectativas para obtener la ampliación muchas concesiones. Pero, aunque en un principio, el presidente de Puertos del Estado, José Llorca, indicó al sector que sí que se convalidarían, en las recomendaciones del organismo público se afirma que no pueden tenerse en cuenta por no ser nueva inversión. No obstante, como matiza Jaime Rodrigo, profesor de Derecho Marítimo de la Universitat Politècnica de Catalunya (UPC), las recomendaciones también indican que esas inversiones adicionales “podrían ser tenidas en cuenta” para las prórrogas de las concesiones y “tomarse en consideración para la ampliación”.
En este sentido, el director de la Asociación de Terminales Receptoras de Graneles Líquidos, Químicos y Gases (Asterquigas), Manuel González, reconoce que muchos de sus asociados consideran que la cuestión es interpretable “y están dispuestos a intentar tramitar las solicitudes de ampliación de plazo en base a inversiones ya realizadas”. En cualquier caso, como afirman los abogados Tomás Fernández-Quirós y Julio López, de Uría Menéndez, las recomendaciones emitidas por Puertos del Estado carecen de carácter normativo, “por lo que nada impediría apartarse de ellas, ya que sería en última instancia los tribunales los que tendrían la última palabra sobre la interpretación de las modificaciones de la ley de Puertos”.
Más restricciones ahora
La Plataforma de Inversores en los Puertos Españoles (Plataforma IPE) también considera que la ley permite mucho más juego del que ofrece la interpretación que ha realizado Puertos del Estado. En este sentido, el vicepresidente ejecutivo de la plataforma, José Luis Almazán, insiste en que “con esas restricciones, al final va a haber muchas menos peticiones de ampliación de plazos de las que hubiesen habido con una interpretación más razonable de la norma”.
Almazán recuerda que el sector solicitó esta ampliación de plazos porque las empresas estaban atravesando una crítica situación económica, que hacía peligrar su supervivencia, debido a una caída de los tráficos y también por el incumplimiento de las previsiones que ofrecían las autoridades portuarias en las concesiones. “No tiene sentido que no se contemplen las inversiones adicionales que ya se han hecho y que se nos exija por ley, con la sobrecapacidad existente en los puertos y nuestra pésima situación económica, más inversiones para ampliar la concesión. Es el cliente, el mercado, quien debe marcar las inversiones, no una ley”, afirma.
La Plataforma IPE reconoce, que de las dos formas de acceder a la ampliación, tiene más sentido la opción de ofrecer unas tarifas más competitivas (reducción de las tarifas máximas, algo de lo que sólo podrán hacer las terminales de contenedores), en lugar de “invertir por invertir”. Además, recuerda que para los inversores no es tan fácil obtener ahora más financiación para inversión nueva, “teniendo en cuenta que nos sobra espacio y que no somos capaces de rentabilizar las inversiones ya ejecutadas”.
Dentro de este burocrático proceso, el tiempo corre en contra. El profesor de la UPC Jaime Rodrigo insiste en que faltan sólo cinco meses para optar a la prórroga o ampliación, “un margen demasiado estrecho. Sería aconsejable una prórroga”, propone. También preocupa esta cuestión a Asterquigas: “La publicación de las recomendaciones de Puertos del Estado ha consumido más de la mitad del plazo que daba la ley para presentar las solicitudes. El factor tiempo nos preocupa, porque los procesos no son sencillos, aún peor serán las valoraciones que se tienen que hacer de las terminales y también las negociaciones entre las empresas y el puerto para fijar los compromisos para lograr la ampliación. Me atrevería a decir que esto puede llegar a durar años”.
En cualquier caso, a pesar de las dudas e incertidumbres, inversores y expertos coinciden en que sigue habiendo un elevado número de terminales interesadas en solicitar la ampliación de sus plazos concesionales. Esto se debe a que “la amortización periodificada de activos es siempre interesante”, como apunta el profesor Jaime Rodrigo, “pero requiere de un procedimiento ágil y operativo y que haya una relación de proporcionalidad entre los objetivos y los medios”.
Las recomendaciones de Puertos del Estado son calificadas de insuficientes para ofrecer las máximas garantías jurídicas a los inversores. Así lo apuntan los abogados Tomás Fernández-Quirós y Julio López, de Uría Menéndez. Otros expertos como Bernardo Ruiz, socio del despacho Thomas Cooper, y Carlos Tassara, de Tassara & Bilbao, concluyen: “Las recomendaciones intentan poner luz sobre el procedimiento que han de seguir los puertos, pero no aclaran cuestiones sobre la valoración de la inversión o los criterios para motivar los acuerdos de fijación y motivación del plazo máximo”.